Recientemente la empresa ha
comenzado a usar lo que ha estado llamando “bolsa de horas” según lo establecido
en el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores. Tras las modificaciones
de la ley 3/2012 que impuso el PP el año pasado, se
recoge la posibilidad de que mediante acuerdo con la RLT o en convenio colectivo se establezca la
“distribución irregular de la jornada a lo largo del año”. En ausencia de otro
pacto, como es nuestro caso, se establece que la empresa puede hacer uso de una
distribución irregular de la jornada de un 10% sobre la jornada anual.
¿Qué
quiere decir distribución irregular de la jornada y por qué no es una bolsa de
horas?
El concepto “bolsa de horas”,
como hay quien insiste en llamar a la distribución irregular de la jornada, parece
sugerir que hay un 10% de tus horas que están en una bolsa y la empresa puede
pedirte que las hagas cuando lo considere oportuno, pero no es así como
funciona. Nuestra jornada ordinaria anual es de 1769 horas y esto no puede
modificarse con ninguna bolsa de horas.
¿Qué diferencia hay entre horas distribuidas irregularmente y horas extraordinarias?
Hay
tres diferencias fundamentales:- Mientras que las horas distribuidas irregularmente, al ser jornada ordinaria, puede imponerlas la empresa, las horas extraordinarias son completamente voluntarias, y corresponde únicamente a los empleados decidir si quieren hacerlas. Cualquier tipo de coacción para obligar a realizar horas extra que no se desean hacer podría incluso ser considerada acoso laboral, pudiendo tener consecuencias laborales y/o penales tanto para la empresa como para la persona que coacciona.
- La compensación de ambos tipos de horas es diferente, ya que las horas distribuidas irregularmente, al ser un simple atraso o adelanto de la jornada, en la práctica se puede considerar que se compensan únicamente en tiempo en proporción 1:1. Por otro lado las horas extraordinarias se compensan en tiempo como mínimo a 1 : 1,75, dejando además la posibilidad de compensarlas económicamente si hay acuerdo entre la empresa y el trabajador.
- Los límites legales de ambos tipos de horas son diferentes: mientras las distribuidas irregularmente están limitadas a 177 al año (10% jornada anual), las extraordinarias están limitadas a 80 anuales, si bien en este último caso las horas que hayan sido compensadas en tiempo en un plazo de 4 meses no computan para dicho límite.